29 octubre 2020

Jornada de ESI 7° A Y 7° B

  ¡Hola familias de 7°! les dejamos las actividades que vamos a  trabajar en esta jornada de ESI. 

Día Jueves 29 de Octubre.

 Tema: Violencia de género.

 

Docentes:  Mónica Ramírez y Altamirano Mariela.

Grados:  

Sección: A Y B

 

Presentación:

En esta clase nos proponemos abordar conceptualmente la violencia de género. Apropiarnos de los tipos y modalidades de violencia. Revisar ciertas falsas creencias que generan resistencias a la hora de pensar en las violencias. Y problematizar los mandatos de la construcción hegemónica de masculinidad. 

Núcleos de Aprendizaje Prioritarios de la ESI en esta clase 

Primaria: 

● Los vínculos socio afectivos con los pares, los compañeros, las familias y las relaciones de pareja. 

● La vulneración de derechos: la violencia de género. 

● Decir “no” frente a interacciones inadecuadas con otras personas. 

● Nuevas formas de masculinidad y femineidad en el marco de la equidad de género.  

● La pareja, el amor y el cuidado mutuo en las relaciones afectivas. Mirada hacia la violencia de género en el noviazgo. 

● La violencia de género en la adolescencia. 

Comenzamos compartiendo una situación ocurrida durante una capacitación de Educación Sexual Integral para equipos directivos de Primaria: 

Reunidxs con el grupo en el salón de una sede de una supervisión distrital, las docentes a cargo de la capacitación comentan que se trabajará el tema “violencia de género”, aprovechando que unas semanas después tendrá lugar, según la agenda educativa, la “Jornada Educar en igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género” establecida por ley en el año 2015 y durante la cual todas las escuelas deben proponer una serie de actividades para trabajar con lxs chicxs. Aún antes de terminar de plantear y desarrollar los objetivos del encuentro de capacitación, las docentes comienzan a ser interpeladas: 

- “¡¿Otra vez con este tema?!” 

-“¿Sólo las mujeres sufren violencia…? O acaso, ¿no hay hombres víctimas de violencia? Yo conozco un caso, y el que era violentado era el marido…¡Hay mujeres que también son violentas!” 

- “¿Por qué no hay una ley que proteja a los hombres?” 

- “¿No sería mejor una jornada contra todos los tipos de violencia? En vez de NI UNA MENOS deberíamos decir NADIE MENOS”

- “¿Qué es lo que quieren? ¿Ser como los hombres? A mí me gusta ser femenina… 

- “Al final, las más machistas somos nosotras, las mujeres, porque… ¿Quién cría a los 

hombres? ¡Nosotras, las Mujeres, es nuestra culpa que sean machistas!” 

Para sorpresa de las docentes capacitadoras las voces que defienden el abordaje de la temática no son la mayoría... 

Esta escena, que al leerla seguramente nos chocó, no es ficcional, sino parte de lo que aún se escucha en las escuelas y, claro, en la sociedad de conjunto. 

¿Qué resonancias les trajeron a ustedes estos comentarios? ¿Reconocen las ideas que se transmiten en esta situación como parte de su propia cotidianeidad? ¿Qué calificativos y opiniones suelen oír toda vez que se menciona el tema de la violencia de género? ¿Qué de esas frases les han sido planteadas a ustedes? ¿Cuáles de estas ideas también han sido reproducidas por ustedes? Tal vez reconocen que en algún momento les resultaron sensatas y que hoy ya no… 

A lo largo de esta clase, nuestra intención no es levantar el “dedo acusador” o decir lo que puede sentirse o pensarse al respecto. Muy por el contrario, lo que buscamos es ofrecer herramientas conceptuales y puentes reflexivos que nos permitan entender por qué es importante reconocer la violencia de género, como tal, y comenzar a tramar la manera de trabajar por su erradicación y prevención, a la vez que reconocer nuestras propias resistencias y dificultades para abordar el tema, por haber sido socializadxs desde su naturalización. 

Para seguir reflexionando: 

Los medios de comunicación han cumplido, y siguen haciéndolo, un lugar muy importante en la naturalización de diferentes tipos de violencia de género. Invitamos a ver una compilación de programas televisivos, cuentos, etc., para pensar cómo se fue construyendo la idea de feminidad y masculinidad, y la violencia que conllevan. 

://www.youthttpsube.com/watch?v=CMwxPV2V5C0&t=145s 

¿Qué les pasó al mirar el corto? ¿Recordaron programas que eran vistos en otra época? ¿Recuerdan el rating abultado con el que contaban? ¿Qué dicen las diferentes escenas de la idiosincrasia de la época? ¿Pensamos lo mismo que en ese momento? ¿Lo vemos con los “mismos ojos”? ¿Nos provoca lo mismo?


Si bien sabemos que socialmente la naturalización de la violencia de género sigue en pie, cuando las frases de la escena con la que comenzamos esta clase circulan en nuestras escuelas, inevitablemente, consideramos necesario pensar qué pasó allí. O, mejor dicho, ¿qué no pasó? Especialmente, porque desde 2006 las escuelas de la CABA se encuentran bajo el paraguas de la Ley de Educación Sexual Integral Nº 2110, que reconoce la perspectiva de género en su enfoque, y desde 2015, además, por la Ley Nº 27.234, por lo cual estamos obligadxs como docentes a desarrollar al menos una jornada de trabajo para la prevención y erradicación de la violencia de género. 

En principio, si algunas de estas frases o pensamientos -que a su vez son traducidos en acciones que irrumpen dentro y fuera del ámbito escolar- siguen teniendo lugar, podríamos decir que se vuelve imprescindible seguir pensando de qué manera abordar “este tema”, teniendo en claro que no se trata de una lucha entre hombres y mujeres, que no es algo que se nos ocurrió ahora, ni es un capricho o una moda. Antes bien, es parte de un legítimo reclamo por hacer efectivos los derechos declarados a nivel nacional e internacionalmente, para una convivencia armónica, donde todas las personas puedan relacionarse de manera amorosa, sean cuidadosas consigo mismas y con las demás y disfruten de la vida. Y esto muy a contrapunto de la realidad que padecen muchas mujeres y algunos hombres, pero mas en este contexto las mujeres, cuya expresión más abrumadora está representado por el aumento del número de femicidios. Baste advertir la gran cantidad de femicidios ocurridos durante las semanas que llevamos de aislamiento preventivo por la pandemia del COVID-19. Tal como se denuncia en la esta nota (https://www.infobae.com/sociedad/2020/04/18/femicidios-en-cuarentena-piden-que-sedeclare-la-emergencia-en-violencia-de-genero/), desde el inicio de la cuarentena se produjeron cerca de 21 femicidios. 

1. ¿Qué es la violencia de género? 

Tal como vimos en la clase anterior, el género es una categoría que alude a una relación social de poder entre varones, mujeres y otros “grupos sexuados”. Si entendemos la violencia como un mecanismo extremo de dominación; entonces, la “violencia de género” es aquella agresión que reproduce la subordinación social de las mujeres y de otros grupos sexuados en el orden de género. 

En 2009, en Argentina se sancionó la leyde Protección integral de las Mujeres (Nº 26.485). Se trata de una normativa de avanzada, por cuanto nombra como “violencia en contra de las mujeres” a una miríada de prácticas patriarcales antaño naturalizadas. A través de los conceptos de “tipos” y “ámbitos” en que ocurre la violencia de género, la ley resulta un instrumento político –e incluso pedagógico– de gran envergadura. En este sentido, uno de sus puntos más fuertes es el hecho de que trasciende la idea de que la violencia de género sea pura y exclusivamente el golpe o violencia física. Definió, así, una forma de violencia específica ejercida hacia las mujeres y en otros casos también son ejercidas a los hombres: “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida,

libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal” (Art. 4). 

En los artículos 5 y 6 se desarrollan los diferentes tipos y modalidades de violencia de género, permitiendo reconocer como violencia prácticas que antes se naturalizaban y minimizaban; leámoslos: 

ARTÍCULO 5º — Tipos. Quedan especialmente comprendidos en la definición del artículo precedente, los siguientes tipos de violencia contra la mujer: 

1.- Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física. 

2.- Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación. 

3.- Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres. 

4.- Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: 

a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; 

b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; 

c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;

d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo. 

5.- Simbólica: La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. 

ARTICULO 6º — Modalidades. A los efectos de esta ley se entiende por modalidades las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes: 

a) Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia; 

b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil; 

c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral; 

d) Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; 

e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un

abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929. 

f) Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres. 

g) Violencia contra las mujeres en el espacio público: aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo. Esta modalidad se incorporó a partir de la lucha colectiva en 2019, con la sanción de la ley Ley 27.501, que amplía la 26.485. 

Para seguir reflexionando 

Así leídos, los artículos 5 y 6 suenan abstractos. Por ello, les proponemos que hagan el ejercicio de pensar ejemplos cotidianos que puedan encuadrarse en estos tipos y modalidades de violencia. En las escuelas, como una oportunidad para dar a conocer esta legislación y visibilizar las diferentes maneras en que se produce y reproduce la violencia de género, podemos proponerle a nuestro estudiantado algo semejante y discutir, colectivamente, si la perspectiva utilizada ha sido la correcta. ¡Es una buena forma de visibilizar las violencias! 

Nuestro país, en particular, asiste hoy a un proceso de politización de la violencia de género. Pensemos, entre otras cosas, en la masificación reciente del movimiento feminista y, en su seno, la intesificación en la lucha por el derecho al aborto legal y en la emergencia de la movilización “Ni una menos”. Aún así, a pesar de este contexto favorable a la democratización de las relaciones entre varones y mujeres, todavía existen, en nuestro sentido común -nuestro reservorio cultural- ideas negacionistas de la violencia de género. Como vimos en la escena con la que comenzamos esta clase, en particular, existen quienes arguyen que, si la violencia es “de género”, entonces, las mujeres (pues son un género) también agredirían con la misma intensidad y función social que los varones. La dilución de la violencia de género en violencia en general es, por su parte, una forma de banalización de la misma.

Para profundizar en este sentido y comprender la importancia de la existencia de una Ley de Protección Integral a las Mujeres sugerimos la lectura de la siguiente nota de Eva Giberti “Violencia,¿de género? 

2. La banalización de la violencia de género 

La violencia de género no es una guerra o un conflicto bilateral y simétrico entre “los géneros”. Esto no quiere decir que las mujeres seamos sujetos incapaces de agredir. Lo que ocurre es que nuestras manifestaciones de violencia, salvo excepciones, no apuntan a reproducir o restaurar la dominación de los varones sobre otras mujeres. Es por este motivo que no podemos llamarlas ni constituyen violencia de género. 

Hacia finales de 2011 una empresa cervecera nacional decidió plantear un comercial donde, simulando una batalla medieval al estilo de la famosa película “Corazón Valiente”, daba lugar al cliché de la guerra entre los sexos, donde varones y mujeres eran arengados antes de la batalla en función de aquello que “odiaban” unos de otras y viceversa. Finalmente, al juntarse en el campo de batalla, sucedía la “magia del enamoramiento heterosexual”, y todo por lo que iban a guerrear se transformaba en “amor” y, por lo tanto, se diluía el conflicto. Cómo reza la canción: “peee roelamooor-esmás-fuerteee”. ¿Lo es? ¿Qué opinan? 

Veamos la publicidad: https://www.youtube.com/watch?v=p4T_Q6YaPIE 

Arriba les hemos compartido el link del comercial original ya que, un tiempo después, de acuerdo a cuestionamientos del Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión (ODRT), la empresa lo modificó. En el original la frase con la que remata el locutor en off es “Cuando el Machismo y el Feminismo se encuentran, nace el Igualismo”, que luego es reemplazada por “Cuando varones y mujeres se encuentran, nace el igualismo”. El ODRT expuso lo inadecuado en la “igualación” entre machismo y feminismo, siendo que machismo es la categoría con la que damos cuenta de una cultura opresiva y discriminatoria, mientras que el feminismo es un movimiento político que busca la equidad entre varones y mujeres, planteando que la emancipación y autonomía de éstas no es posible (dentro del machismo) y necesita una transformación social y política. Pero, además, la publicidad en cuestión pone en boca de varones y mujeres frases que no sólo cristalizan estereotipos de género, sino que banalizan los conflictos de poder entre varones y mujeres al poner al mismo nivel enunciados que dan cuenta de la lucha por el derecho al voto con quejas de varones que prefieren pasar tiempo con sus amigos varones a estar con sus novias. 

Y cuando el “amor heterosexual” les une, las consignas feministas enarboladas al inicio quedan, pues, olvidadas, ya que lo que terminan por aceptar ellas son valores machistas y lo que terminan por aceptar ellos ¡también! Así, en nombre del “amor”, lo que sucede en la publicidad es que las mujeres aceptan su subordinación social a los

varones en el marco de la pareja heterosexual, mientras que los varones no pierden nada. 

Siguiendo la lectura de los artículos 5 y 6 de la ley Nº 26.485 a los que hicimos referencia anteriormente, podemos decir que esta publicidad incurre en un tipo de violencia específico, la violencia simbólica, que, además, podríamos encuadrar bajo la modalidad de violencia mediática hacia las mujeres, en virtud de los estereotipos de mujer que propone. 

Para seguir reflexionando: 

Cuando a finales de 2011 la publicidad salió al aire algunas pocas mujeres, desde el feminismo y en el mismo tono que la ODRT, señalaron el peligro que escondía la banalización del feminismo, pero para la gran mayoría de personas la historia resultó muy graciosa y expresaba en parte lo que sentían acerca de las relaciones de pareja -claro está- heterosexuales. 

¿Cómo piensan que serían hoy la reacciones hacia esa publicidad en la televisión abierta? ¿Sería igual de festejada por la opinión pública? ¿Por qué? 

Esta publicidad encierra, además, otro mensaje: la idea de que el amor (romántico) supera cualquier conflicto. ¿Qué piensan sobre esto? 

También valdría interrogar cuáles son los discursos que aún hoy sostienen esa falsa equiparación entre el feminismo y el machismo, algo que en la publicidad no es otra cosa que la consagración misma de las desigualdades. 

3. Femicidio: la expresión más extrema de la violencia de género 

Amnistía Internacional viralizó la metáfora del témpano 


de hielo para pensar la violencia de género. Las 

prácticas que nos son más visibles son aquellas 

extremas como, por ejemplo, el asesinato o los gritos. 

Pero esas prácticas se sostienen, o flotan, gracias a 

que una enorme cantidad de otras prácticas de 

violencia de género la sustentan. Aún así, en otros 

tiempos, estas violencias que hoy reclamamos se 

reconozcan con su especificidad de género, eran 

diluidas y matizadas bajo otras figuras como, por 

ejemplo, la violencia doméstica o el crimen pasional

La denominación de crimen pasional alude a una figura 

del código penal que es la emoción violenta

Significa que algo interno se desencadena por un factor 

externo, algo que sucede, y actúa como atenuante de la pena. En el caso de los

femicidios, no hay nada externo que “suceda”, ni algo interno que no pueda controlarse, sino más bien una escalada de prácticas de violencia de género conscientes cuya expresión extrema es justamente ésta. Después de años de lucha por parte del movimiento feminista, organizaciones de mujeres y de familiares de víctimas de femicidios, y amparada en la ley Nº 26.485, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó una norma por la cual se agravan las penas por femicidios (Ley N° 26.791/12: 

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/205000-209999/206018/norma.ht). 

Esto implicó el reconocimiento del femicidio como figura legal, y la obligación por parte del Estado de comenzar a registrar estos asesinatos. 

El 3 de junio de 2015, tras una ola de femicidios especialmente cruentos y fuertemente divulgados en los medios, el movimiento de mujeres dijo BASTA. Recuperando experiencias organizativas previas, con una fuerte utilización de las redes sociales como forma de visibilización y autoconvocatoria, y bajo la consigna Ni Una Menos (NUM), tuvo lugar una multitudinaria concentración Frente al Congreso Nacional y en muchas tantas otras plazas del país. 

https://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-273660-2015-05-28.html). 

Como reflejo del NUM, en Diciembre 2015 se sancionó la ley sobre prevención y erradicación de la violencia de género específica para las instituciones educativas, la ley N° 27234, denominada “Educar en igualdad, Prevención y Erradicación de la Violencia de Género, sobre la que trabajaremos en la siguiente clase. 

Como fuimos viendo, los avances de los movimientos políticos en la lucha por los derechos sexuales implican también avances en términos legales. En este sentido, en virtud de la Ley de Identidad de género (N° 26.743), que reconoce legalmente la identidad de género de las personas más allá del sexo asignado al nacer, desde 2012 los femicidios perpetrados sobre mujeres trans también pasaron a contabilizarse como tales. Sin embargo, y con justicia, los colectivos de mujeres trans y travestis reclamaban una figura propia, que diera cuenta de la exacerbada situación de violencia que enfrentan en relación con las mujeres cis. En 2018, durante la sentencia al asesino de la militante travesti por los derechos LGBTTIQ, Diana Sacayán, se utilizó por primera vez en una corte la figura de travesticidio, dando cuenta de que se trató del

homicidio de una travesti (así se autodenominaba Diana) por odio a su orientación sexual, lo que conlleva “una carga de discriminación constante desde distintas esferas de la sociedad, así como también, su necesaria derivación hacia la incertidumbre, la inseguridad y la lucha por revertir dicha injusticia”. 

Aquí se juegan estereotipos de género 

La violencia de género en los medios masivos de comunicación puede analizarse en relación con la manera en que dan cuenta de los femicidios. Otrora diluidos en “crímenes pasionales” con detalles macabros, hoy los medios informan sobre los femicidios, focalizando más en la vida de la asesinada -a menudo desde una mirada moralizante- que en la de su asesino, del que a veces no conocemos ni el nombre. 

Vale señalar que ocurre lo contrario cuando es la mujer quien asesina. Un caso emblemático fue el de Nahir Galarza, la joven que asesinó a su novio y cuyo nombre conocemos, mientras que el nombre del novio resulta aún hoy no ser un dato relevante para la prensa. Además, a diferencia de lo que sucede con los femicidios, este caso tuvo una sentencia express. Con este ejemplo se puede ver claramente cómo la violencia contra las mujeres está directamente relacionada con los estereotipos de género, que hemos trabajado en la clase 1. 

4. Violencia de género y Masculinidad 

Retomando autores que han trabajado la masculinidad (en un artículo cuya lectura proponemos como ampliatoria: https://ri.conicet.gov.ar/bitstream/handle/11336/85589/CONICET_Digital_Nro.76e324ca-5e5d -476a-bd8d-03183cf36910_B.pdf?sequence=5&isAllowed=y 

Matías de Stéfano Barbero (2017) propone interpelar la violencia como constitutiva de la masculinidad. El autor plantea que, lejos de ser extraordinaria, la violencia se inscribe en un continuum generizado y etarizado, cuyos sentidos permean la cotidianeidad masculina desde la infancia y en relación con la adultez. Pero esto no sucede de manera destructiva, sino por el contrario productiva: es través de la violencia ejercida sobre ellos, y por ellos, que se producen las masculinidades adultas, que los niños se hacen hombres. 

En la literatura sobre masculinidad (Marqués, 

1997; Connell, 1995), la vigilancia de la 

sexualidad de los otros varones aparece como 

constituyente de la propia masculinidad. Esto 

explica las diferencias que pueden plantearse en 

el comportamiento de varones, según se 

encuentren en grupos con otros varones o 

tengan interacciones como, por ejemplo, a solas con mujeres. 

Siguiendo estas reflexiones, el 2020 comenzó con un caso que sacudió a la sociedad, el grupo de jóvenes rugbiers que asesinaron a patadas a otro jóven a la salida de una discoteca en Villa Gesell. Al respecto, Juan Branz (2020), estudioso sobre la masculinidad y la violencia en los deportes y, específicamente, en el mundo del Rugby, plantea que no se trató de un acto irracional. Branz sugiere que la violencia, en el Rugby, es un esquema consciente y racional en donde el juego de cuerpos, palabras y gestos se pone en acción, separando al macho del p**o, y en donde la masculinidad se ejerce demostrando, sistemáticamente, que no se es p++o. Recomendamos la lectura de una nota del autor en revista Anfibia: 

http://revistaanfibia.com/ensayo/rugbiers-matar-para-ser-macho/ 

Con lo anterior no quisiéramos justificar ningún acto de violencia en nombre de la masculinidad. Tampoco proponemos pensar en sujetos que ejercen formas extremas de violencia en calidad de víctimas del patriarcado. Por el contrario, buscamos entender esta violencia con la que se constituye la masculinidad como una forma racional y social de violencia, y no como el acto de tan solo un loquito suelto. En ese sentido, nos parece crucial desentrañar la conexión entre violencia y masculinidad hegemónica, para poder comenzar a proponer otras formas de constitución de la misma. Y mostrar que la violencia machista no es natural en los varones, y que podemos y debemos ofrecer una educación que promueva otras opciones de identificación posibles, por fuera de la violencia. 

En estos últimos años, la denuncia frente a la violencia de género, específicamente, la sexual, fue in crescendo y llegó a involucrar no solamente a figuras mediáticas, sino también escolares. Estas denuncias tomaron, en muchas circunstancias, la modalidad del “escrache”, en especial, a través de las redes sociales. Si bien en la clase siguiente se retomará esta problemática puntual en referencia a los protocolos existentes para las escuelas, dejamos planteada la necesidad de advertir, en sintonía con lo que venimos desarrollando, la estrecha relación entre la violencia de género y la masculinidad hegemónica y, al mismo tiempo, la necesidad de construir en las instituciones escolares espacios que permitan problematizarla. 

5. Violencia en los noviazgos 

El mito de la “media naranja”, aquel final de cuento infantil una y mil veces repetido de “vivieron felices para siempre y comieron perdices” o deshojar una margarita mientras le preguntamos “me quiere mucho, poquito, nada” son expresiones del amor romántico que atraviesan el modelo dominante de vínculos de pareja en general. Y se juegan de manera especialmente fuerte durante la adolescencia. 

Los estereotipos de género que vimos en la Clase 1, junto con los mandatos y mitos del

amor romántico son las bases (invisibles, pero contundentes) sobre las que se construye el edificio de la violencia en los vínculos de pareja. 

No es lo mismo un noviazgo en la adolescencia que en otras etapas de la vida, por varios motivos. En primer lugar, porque se trata de las primeras experiencias de pareja; porque las personas en general no son todavía completamente autónomas (la mayoría convive con algún adulto que lo tiene a su cargo); suelen no tener hijxs en común ni una economía compartida. Por todo eso, suele decirse que en la adolescencia hay una gran oportunidad para problematizar la violencia de género, ya que es mucho más sencilla -a simple vista la separación que en la vida adulta. 

No obstante, también es cierto que se trata de una etapa de necesidad de despegar de las referencias adultas previas, de afirmar las propias decisiones, de una gran expectativa por lo que significa a nivel personal y también en términos de estatus social tener una pareja: significa reconocimiento de pares, sentirse atractivx, gustar y ser gustadx, experimentación y permisos nuevos. Y es una etapa de enormes intensidades en los sentimientos y de profundas transformaciones de los cuerpos. 

Lo que diferencia al noviazgo de el “salir con alguien”, según explica el sociólogo Daniel Jones, en su texto “Sexualidades adolescentes. Amor placer y control en la Argentina contemporánea” (https://www.redalyc.org/pdf/3238/323828757007.pdf) es que, así dure pocas semanas o años, “el noviazgo siempre conlleva una expectativa de continuidad de la relación.

● Enamorarse no depende de la voluntad de la persona, no es algo que se pueda hacer de manera premeditada sino que surge de pronto. No se puede definir, es inaccesible a la razón. 

● El amor lo puede todo. Se haría cualquier cosa por la persona amada.

 ● El amor es suficiente. Si se tiene amor (especialmente el de una pareja) no se necesita nada más. 

● El amor provoca una entrega total a la persona amada, se confía plenamente en ella y se hace todo por complacerla. 

● En el amor dos personas se complementan, están hechas la una para la otra.

● El verdadero amor es incondicional, siempre se estará del lado de la persona amada, pase lo que pase.

● El amor es exclusivo y excluyente, no se puede compartir y tiende a alejar a todas las demás personas. 

● El verdadero amor dura para siempre. Si se acaba es que no era amor auténtico y que prevaleció el egoísmo. 

● El estado general que crea el enamoramiento o fascinación amorosa es de felicidad total y hace que se perciba a la persona amada como única e insustituible. Vivir experiencias muy intensas de felicidad o de sufrimiento. 

Como dice el texto “En nombre del amor” (Trufó y otras), si pensamos en términos de prevención de la violencia de género, es necesario conocer “cómo lxs jóvenes piensan, sienten, imaginan y viven el amor. Por este motivo incluimos la reflexión sobre el amor romántico y, de lo que aquí consideraremos su contracara, el amor igualitario”. Una investigación de Trama Comunicación entre adolescentes provee algunos tips de qué sucede en estas primeras vivencias amorosas. 

La violencia en los noviazgos puede darse tanto si se trata de un vínculo heterosexual que entre dos personas del mismo género. Trabajar los modelos de pareja, los mandatos del amor romántico, las expectativas y posibilidades que da un vínculo es una oportunidad para prevenir la violencia de género. 

Para seguir reflexionando 

Te dejamos aquí tres videos muy breves: 

-Campaña AmorEs. Línea 144 https://www.youtube.com/watch?v=MaIXccjCGQg -Violencia en el Noviazgo. No tiene porqué ser así (Santiago del Estero) https://www.youtube.com/watch?v=tIxzSQX6oiw 

-Contraseña (España) https://www.youtube.com/watch?v=tFop_rECYXI&t=7s 

¿Se parecen en algo a situaciones de tus estudiantes? ¿Qué elementos encontrás en común entre los tres videos? A partir de verlos, listar cuáles son las características de la violencia en los noviazgos. 

6. ¿Qué hacer? 

Para concluir esta clase, y como introducción a la que viene en la que trabajaremos las formas de intervención desde las escuelas para prevenir y erradicar la violencia de género, queremos compartir el siguiente corto. Se trata de una campaña no sexista de una fundación uruguaya, donde se plantea la importancia de promover relaciones igualitarias:

https://www.youtube.com/watch?v=MMjn_ONd4UY 

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